La Definición de PYME está recogida en el Anexo I del
Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión.
El texto define los tipos de empresa y fija un método transparente para calcular los límites financieros y el número de empleados. Para pertenecer a una categoría se debe cumplir el límite de número de empleados y no superar la cifra de volumen de negocio o la de balance general.
Categorías de empresas según el número de empleados, el volumen de negocio y el balance general
Categoría de empresa | Efectivos | Volumen de negocio | Balance general |
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Mediana | <250 | <= 50 millones EUR | <= 43 millones EUR |
Pequeña | <50 | <= 10 millones EUR | <= 10 millones EUR
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Micro | <10 | <= 2 millones EUR | <= 2 millones EUR |
Datos que hay que tomar en cuenta para calcular los efectivos, los importes financieros y el período de referencia:
- Los datos seleccionados para el cálculo del personal y los importes financieros serán los correspondientes al último ejercicio contable cerrado y se calcularán sobre una base anual. Se tendrán en cuenta a partir de la fecha en la que se cierren las cuentas. El total de volumen de negocios se calculará sin el impuesto sobre el valor añadido (IVA) ni tributos indirectos.
- Cuando una empresa, en la fecha de cierre de las cuentas, constate que se han excedido en un sentido o en otro, y sobre una base anual, los límites de efectivos o financieros, esta circunstancia solo le hará adquirir o perder la calidad de mediana o pequeña empresa, o de microempresa, si este exceso se produce en dos ejercicios consecutivos.
- En empresas de nueva creación que no hayan cerrado aún sus cuentas, se utilizarán datos basados en estimaciones fiables realizadas durante el ejercicio financiero.
Guía con información detallada y explicaciones sobre la definición del concepto de PYME, editada por la Comisión Europea:
Guía del usuario sobre la definición del concepto de PYME [PDF][1240Kb]
La DGIPYME ha desarrollado una herramienta que permite a las empresas determinar si son PYME o no, de acuerdo con la definición del Anexo I del Reglamento (UE) Nº 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014. Para ello deberán responder a una serie de preguntas de un cuestionario.
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